| COMUNIDAD DE MADRID - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA |
| Dirección:C/ Carretas, nº 4, 3ª planta 28013 Madrid |
| Teléfono: |
| Fax: |
| E-mail: |
| Web: www.madrid.org |
| Resumen: BECA DE PRÁCTICAS EN LA OFICINA DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN BRUSELAS. Destinada a titulados universitarios en Derecho, Economía, Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Sociología, Filosofía o Ciencias de la Información para la realización de prácticas profesionales. Los interesados deberán tener como máximo 30 años y ser residentes en la Comunidad de Madrid. La dotación es de 1.024 euros mensuales y fecha de cierre de la convocatoria es el 13 de octubre de 2005. |
| Fecha de inicio solicitud:01/10/2005 |
| Fecha fin de solicitud: 13/10/2005 |
| N° becas ofertadas: 1 |
| Dotación de la beca: 1.024 euros mensuales |
Requisitos para solicitar la beca: Los candidatos deberán de reunir los siguientes requisitos:
a) Tener como máximo treinta años de edad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Estar empadronados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, requisito que habrá de mantenerse hasta la conclusión de la beca.
c) Poseer titulación universitaria superior, o estar en condiciones de obtenerla en el momento de la adjudicación de la beca, en las siguientes áreas: Derecho, Economía, Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Sociología, Filosofía y Ciencias de la Información.
d) Formación específica en materias relacionadas con la Unión Europea.
e) Dominio de los idiomas francés e inglés y cuya acreditación se realizará mediante las entrevistas o pruebas que la Comisión de Evaluación estime oportunas.
f) No podrá concurrir en su persona alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de declaración formulada ante el órgano convocante (según Anexo III de las bases), de no incurrir en las circunstancias establecidas en dicho artículo, a excepción de las recogidas en la letra e) del mismo
|
Proceso de solicitud:
Los interesados deberán presentar:
1. Instancia de solicitud por duplicado, de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo I que, además, podrá obtenerse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las solicitudes también podrán cumplimentarse e imprimirse a través de la página www.madrid.org en el Portal de Información y Gestión 012 "Gestiona Tú Mismo".
La solicitud irá dirigida al Consejero de Presidencia y deberá estar debidamente cumplimentada y firmada.
2. La documentación que acompañará a la instancia se deberá
presentar en original, copia autenticada o fotocopia compulsada
y será la siguiente:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI), acompañado de número de identificación fiscal (NIF).
b) Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de la localidad donde esté domiciliado.
c) Fotocopia del título universitario o del resguardo de solicitud del título expedido por la Secretaría de la Facultad y de los documentos que acreditan la formación exigida en el artículo 3.1.d) de las bases reguladoras.
d) Breve currículum vitae redactado en español y francés o inglés, incluyendo fotografía tamaño pasaporte y justificación documental de los méritos alegados en el mismo.
e) Expediente académico expedido por la Secretaría de la Facultad o fotocopia compulsada, con calificaciones de estudios universitarios. En su caso, certificación de homologación de licenciatura si ésta ha sido obtenida en una Universidad que no sea española.
f) Declaración del interesado de no realizar ningún trabajo remunerado ni percibir ayuda o beca con el mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada, formulada según el modelo que se acompaña en el Anexo II de las mencionadas bases.
g) Certificado médico que acredite no padecer enfermedad que pueda imposibilitar la realización de la beca.
h) Declaración de no incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo III de las mencionadas bases reguladoras).
La Consejería de Presidencia podrá solicitar cualquier documentación complementaria que considere conveniente.
|
| Publicación de la convocatoria:
ver convocatoria |
| Más información: ver más información |
|
|
|